domingo, 10 de junio de 2012

Control social: criminalización de la protesta social y la disidencia política


Por Decio Machado / Revista Opción S

El pasado 21 de mayo en Ginebra, el Vicepresidente Lenin Moreno, presentaba ante Naciones Unidas el Informe Nacional de Derechos Humanos, en el cual se enumeran diversos hitos alcanzados por el Gobierno en dicha materia. En dicha exposición se afirmaba que el respeto a los derechos humanos es la base de la Constitución de Ecuador.

Sin embargo y más allá de la retórica diplomática oficialista, en Ecuador se visualizan tres ámbitos en los que son identificables elementos violatorios en esta materia.

Criminalización de defensores de los Derechos Humanos y la Naturaleza

La Constitución define al Ecuador como un Estado social de derechos y justicia; atribuyendo derechos no solo a personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos, sino también a la naturaleza. En su Art. 11 la Constitución de Montecristi explicita “la directa e inmediata vigencia de los derechos humanos”, incluso ante la ausencia o desconocimiento de normativa jurídica. Y de igual manera, a través de su Art. 98, el cual contempla el derecho a la resistencia, se indica: “Los individuos y los colectivos podrán ejercer el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales, y demandar el reconocimiento de nuevos derechos.”

Más allá del articulado constitucional, se evidencia que la criminalización de la protesta social esta siendo utilizada por el Gobierno como un mecanismo de control que tiene como objetivo intimidar y neutralizar las disidencias que cuestionan las políticas emanadas desde Carondelet, en especial sus lógicas neoextractivistas.

Es así, que son detectables numerosos casos de criminalización de la protesta básicamente en las siguientes áreas temáticas: resistencia ante la intervención minera a gran escala, rechazo a la expedición de la última ley minera (2009), disidencias respecto al proyecto oficial de Ley de Aguas (2010), denuncias por la contaminación provocada por la minería de áridos y la pequeña minería de metales, reclamos en defensa de derechos de los pueblos indígenas, defensa de los bosques de manglar, lucha por la no privatización de espacios públicos y ancestrales, así como críticas al desarrollo de megaproyectos hidroeléctricos.

En estos procesos se criminalizan indiferentemente  individuos y organizaciones: desde líderes y dirigentes sociales, pasando por autoridades públicas locales, hasta llegar a organizaciones sociales que defienden el agua, la naturaleza o sus territorios. De la misma manera, han sido criminalizadas personas o familias que de alguna manera obstaculizan la ejecución de determinados megaproyectos estatales.

En el ámbito judicial (penal y civil), se han producido una treintena de casos de criminalización cifrándose en cerca de 200 las personas implicadas. Generalmente, las denuncias en el ámbito judicial y en el administrativo involucran a varias personas y una vez avanzado el proceso terminan siendo implicados también dirigentes y líderes sociales.

Persecución de la protesta laboral

El proceso de criminalización de trabajadores públicos se da en el marco de un claro retroceso en las relaciones laborales entre el Estado empleador y los trabajadores del sector público.

El resultado ha sido el despido de miles de trabajadores bajo el argumento de la eficiencia y la modernización del aparato del Estado, generándose de forma paralela persecución política y  descrédito contra dirigentes sindicales, lo que ha concluido en muchos casos en procesos judiciales realizados por el Estado en su contra.

Esta vulneración de derechos ha ido acompañada por una escasa protección desde el ámbito jurídico hacia los trabajadores, dado que los análisis y resoluciones de las autoridades y jueces ha favorecido de forma permanente al Estado, en este caso, en su status de empleador. Los reclamos presentados por los trabajadores afectados del sector público, a través de la vía administrativa en el Ministerio de Relaciones Laborales –donde la autoridad encargada de su resolución es juez y parte-, ha generado escasos fallos favorables para los trabajadores. De igual manera, las demandas legales o constitucionales interpuestas por los trabajadores y sus asociaciones no han prosperado positivamente en los despachos judiciales, para muchos, consecuencia de las presiones que sufre el Poder Judicial respecto del Ejecutivo.

Esta situación se ha visto agudizada a partir del decreto ejecutivo 813, por el cual se articulan sucesivas oleadas de despidos intempestivos bajo la cuestionada, por anticonstitucional, figura de renuncias obligatorias.

Otro aspecto de importancia es el despido de dirigentes sindicales, mecanismo habitual para disuadir a los trabajadores de sus reclamos y pretensiones organizativas, aplicados en instituciones como el Cuerpo de Ingenieros del Ejército, Universidades y Escuelas Politécnicas, diversos ministerios y varias empresas municipales.

De igual manera, varios representantes de organizaciones sindicales han sido señalados como responsables de actos de sabotaje y terrorismo, invasión de edificios públicos o de atentar contra la seguridad interna del Estado, al realizar diferentes tipos de manifestación y reivindicaciones.

Coerción de la libertad de expresión

Por último cabe señalar los mecanismos aplicados por el Gobierno para la autocensura a la crítica en los medios de comunicación privados. El caso El Universo y las multas a los periodistas Juan Carlos Calderón y Cristian Zurita –autores del libro de investigación periodística “El Gran Hermano”- son claros ejemplos que pretenden posicionar la alerta para periodistas y comunicadores.

Ya desde mediados de los 80, los teóricos de la gestión de empresas elucubraron que para tener éxito había que producir ante todo marcas y no productos. Además, en la actualidad y ante la perdida de control sobre la producción y las políticas monetarias (globalización), el poder del gobierno se basa en la capacidad de emitir señales a través de los medios.

Controlar a los medios de comunicación críticos -con independencia de su profesionalidad y tendencia ideológica- con el fin de posicionar la marca de la Revolución Ciudadana, así como emitir señales positivas en un régimen que ocupa el puesto 120 (por detrás de países como Botswana, Bután, Bahrein, Ruanda, Liberia, Etiopía o Burkina Faso)  en el ranking de países menos corruptos de Transparencia Internacional, es una necesidad urgente para un gobierno que pretende perdurar prolongadamente en el tiempo.

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